Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según recoge el artículo 5 del Reglamento 3/2022, de 17 de junio, de la Universidad de Málaga, sobre matriculación de estudiantes en actividades formativas correspondientes a planes de estudios conducentes a títulos de carácter oficial de grado y máster, las solicitudes de matrícula formalizadas fuera de su plazo reglamentario serán resueltas por:
El/la Vicerrector/a con competencia en materia de estudiantes, previo informe preceptivo del Decano o Decana del centro organizador de las correspondientes enseñanzas de grado o máster universitario, teniendo en cuenta la incidencia de dicha solicitud en la organización académica de las enseñanzas correspondientes.
El/la Secretario/a General, previo informe del/de la Vicerrector/a con competencia en materia de estudiantes.
El Decanato o Dirección del centro organizador de las correspondientes enseñanzas de grado o máster universitario, teniendo en cuenta la incidencia de dicha solicitud en la organización académica de las enseñanzas correspondientes.
El Secretario o Secretaria del Centro, teniendo en cuenta la incidencia de dicha solicitud en la organización académica de las enseñanzas correspondientes.