Parte 2 - Examen tipo test - Grupo técnico de la Función Administrativa SESCAM 21/04/2024

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1 - A tenor de la Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha, el órgano competente para imponer sanciones superiores a 120.000 euros por infracciones muy graves es:
El titular de la Consejería competente en materia de sanidad.
El titular de la Dirección Gerencia del Sescam, a instancia del Secretario General del Sescam.
El titular de la Consejería competente en materia de sanidad, previo dictamen del Consejo Consultivo.
El Consejo de Gobierno.
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2 - Según regula el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual, la base de datos de población protegida del Sistema Nacional de Salud será mantenida por:
El Ministerio competente en materia de sanidad, en coordinación con las Administraciones sanitarias competentes.
Las Administraciones sanitarias emisoras de la tarjeta sanitaria individual.
El Ministerio competente en materia de sanidad aunque las Administraciones sanitarias emisoras de la tarjeta sanitaria individual serán las competentes para proponer la inclusión en dicha base de datos las personas protegidas en su ámbito territorial.
Las Administraciones sanitarias emisoras de la tarjeta sanitaria individual, que serán las responsables del tratamiento de los datos actuales, excepto los datos históricos, de su población protegida.
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3 - De acuerdo con la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1 del Código Civil, las disposiciones de entrada en vigor de reglamentos, cuya aprobación o propuesta corresponda al Gobierno y que impongan nuevas obligaciones a las personas físicas o jurídicas que desempeñen una actividad económica o profesional como consecuencia del ejercicio de ésta, preverán el comienzo de su vigencia:
El 2 de enero o el 1 de julio siguiente a su aprobación.
Al día siguiente de su aprobación.
Desde el 1 de enero siguiente a su aprobación.
Las de carácter tributario siempre comenzarán su vigencia el 1 de enero siguiente a su aprobación.
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4 - De conformidad con el ordenamiento comunitario europeo regulado en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el procedimiento legislativo ordinario consiste en:
La adopción conjunta por el Parlamento Europeo y la Comisión, a propuesta del Consejo, de un reglamento, una directiva o una decisión.
La adopción por el Parlamento Europeo, a instancia de la Comisión y a propuesta del Consejo, de un reglamento, una directiva o una decisión.
La adopción conjunta por el Parlamento Europeo y el Consejo, a propuesta de la Comisión, de un reglamento, una directiva o una decisión.
La adopción conjunta por el Parlamento Europeo y el Consejo, a propuesta de la Comisión, de un reglamento o una directiva, exceptuando la decisión.
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5 - Dentro de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, según el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en los créditos para gastos de capital se distinguen, a su vez los capítulos siguientes:
6.-Inversiones Reales, 7.-Transferencias de Capital, 8.-Activos financieros y 9.-Pasivos Financieros.
6.-Inversiones Reales, 7.-Transferencias del Fondo de Contingencia 8.-Activos financieros y 9.-Pasivos Financieros.
6.-Inversiones Reales, 7.-Transferencias de Capital, 8.-Activos financieros y 9.- Imprevistos.
6.-Inversiones Reales, 7.-Transferencias de Capital, 8.-Pasivos financieros y 9.-Fondo de Compensación Interterritorial.
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6 - El Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, determina que los perceptores de las órdenes de pago “a justificar” quedan obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas. El plazo de rendición de cuentas será:
De tres meses, excepto los correspondientes a pagos de expropiaciones y pagos en el extranjero que tendrán que ser rendidas dentro del plazo de seis meses. Dicho plazo podrá ser ampliado.
De tres meses, excepto los correspondientes a pagos de expropiaciones y pagos en el extranjero que tendrán que ser rendidas dentro del plazo de cuatro meses. Dicho plazo podrá ser ampliado.
De dos meses ampliable a otro mes, en todos los supuestos.
De tres meses para todos los supuestos, sin posibilidad de prórroga.
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7 - El Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha establece que, en los contratos de obras de carácter plurianual, se efectuará:
Una retención adicional de crédito del 10 por ciento del importe de adjudicación, en el momento en que esta se realice, en todos los supuestos.
Una retención adicional de crédito del 10 por ciento del importe de adjudicación, en el momento en que esta se realice, con excepción de los realizados bajo la modalidad de abono total del precio.
Una retención adicional de crédito del 10 por ciento del presupuesto base de licitación.
Una retención adicional de crédito del 10 por ciento del valor estimado del contrato.
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8 - De conformidad con el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno, por razones de política presupuestaria, puede acordar la declaración de no disponibilidad de los créditos que figuran en los Presupuestos Generales de la Junta, con el límite:
Del 1 % de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Del 2 % de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
De las obligaciones que tengan su origen en disposiciones con rango de Ley.
De las obligaciones que tengan su origen en disposiciones con rango de Ley y de las comprometidas en materia de personal, de contratos del sector público y de subvenciones.
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9 - Según el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la duración del contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios será de:
No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años.
No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de un año.
No podrá ser inferior a tres meses ni exceder de un año.
No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de tres años.
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10 - El Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha regula la posibilidad siguiente respecto al anticipo de Caja fija:
Con cargo al anticipo de Caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 3.000 euros excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica, combustibles o indemnizaciones por razón del servicio.
Con cargo al anticipo de Caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 6.000 euros excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica o combustibles.
Con cargo al anticipo de Caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 6.005,06 euros excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica o combustibles.
Con cargo al anticipo de Caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 5.000 euros excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica, combustibles o indemnizaciones por razón del servicio.