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1 - El artículo 142 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, señala como sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar e ingresar las aportaciones propias y las de los trabajadores, en su totalidad a:
El trabajador.
La Subdirección General de Inscripción, Afiliación y Recaudación en Periodo Voluntario.
El empresario.
La Subdirección General de Procedimientos Ejecutivos y Especiales de Recaudación.