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1 - Según el artículo 15 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de esta, se considerarán como puestos de difícil cobertura aquellos cuyo centro de trabajo se encuentre en municipios de menos de 5.000 habitantes y a una distancia de una población de más de 20.000 habitantes superior a:
50 km.
45 km.
30 km.
20 km