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1 - Derecho Procesal Penal. L.O. 6/1984 de Habeas Corpus. A los efectos de esta ley se consideran personas ilegalmente detenidas: Señale la proposición INCORRECTA.
Las que lo fueren por particular sin concurrir los supuestos legales.
Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y los reglamentos garantizan a toda persona.
Las que estén ilícitamente internadas en cualquier lugar.
Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.