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1 - Según el artículo 143.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, el personal funcionario de carrera, si las necesidades del servicio lo permiten, podrá solicitar excedencia con reserva del puesto de trabajo, siempre que haya prestado servicios efectivos en cualquier Administración Pública durante:
Diez años.
Cinco años.
Siete años.
Tres años.