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1 - El Artículo 54.2 de la LO 1/2004 establece una especialidad en el supuesto de juicios rápidos cuando la competencia corresponde al Juzgado de Violencia sobre la Mujer. ¿Dónde debe la Policía Judicial realizar las citaciones a las personas implicadas?
Ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, en el día hábil más próximo.
Ante la comisaría de policía más cercana.
Directamente ante el Tribunal Superior de Justicia.