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1 - Según la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas, las resoluciones del Tribunal de Cuentas, en los casos y en la forma que determine su Ley de Funcionamiento, serán susceptible de:
Recurso de reposición y revisión.
Recurso contencioso administrativo.
Recurso de casación.
De casación y revisión.