1 - Según el Codex Alimentarius, se define “trazabilidad” como:
La capacidad para seguir el movimiento de un alimento a través de etapas específicas de la producción y transformación.
La capacidad para seguir el movimiento de un alimento a través de etapas específicas de la producción y distribución.
La capacidad para seguir el movimiento de un alimento a través de etapas específicas de la producción, transformación y distribución.
Ninguna es correcta.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
2 - La documentación del sistema de trazabilidad implantado en una empresa, deberá incluir:
Ámbito de aplicación del sistema.
Descripción y características del mismo.
Registros de las operaciones efectuadas.
Todas las respuestas anteriores son correctas.
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3 - De las siguientes tareas, señale cuál NO pertenece a la zona de preparación de pescado:
Fritura pescado.
Limpieza de pescado.
Desespinado.
Fileteado del pescado.
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4 - De acuerdo con la actividad laboral, ¿quién es responsable de la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores?
La Junta de Andalucía.
El Gobierno central.
El Ayuntamiento dónde se ubique la empresa.
La empresa alimentaria.
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5 - La formación de los manipuladores de alimentos la podrá impartir:
La propia empresa alimentaria.
Otras entidades que ofrezcan este servicio.
Centros de formación profesional o educación reconocidos por los organismos oficiales dentro de su formación reglada.
Todas son correctas.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
6 - Tendrá la consideración de nocivo todo alimento:
Cuando utilizado con criterio de normal prudencia, y conforme a las prescripciones de su preparación y empleo o en cualquier forma que se ajuste a prácticas de elemental previsión, produzca efectos perjudiciales en el consumidor.
Cuando aun no siendo perjudicial a su inmediato consumo se pueda prever que su ingestión repetida entraña peligro para la salud, sin que ello obedezca a uso inmoderado o inoportuno, o a consumo irreflexivo del mismo.
Cuando su contenido en microorganismos o materias extrañas sea superior a los límites permitidos para las diferentes clases de alimentos.
Todas son correctas.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
7 - ¿Qué es un “producto alimentario”, según el Código Alimentario?
Tendrán la consideración de productos alimentarios todas las materias nocivas, en sentido absoluto o relativo, que, sin valor nutritivo, puedan ser utilizadas en la alimentación.
Tendrán la consideración de productos alimentarios todas las materias no nocivas, en sentido no absoluto, que, con valor nutritivo, puedan ser utilizadas en la alimentación.
Tendrán la consideración de productos alimentarios todas las materias no nocivas, en sentido absoluto o relativo, que, sin valor nutritivo, puedan ser utilizadas en la alimentación.
Las respuestas A) y B) son correctas.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
8 - Según el Código Alimentario, se consideran “útiles alimentarios”:
Tendrán la consideración de útiles alimentarios los vehículos de transporte, maquinaria, utillajes, recipientes, envases, embalajes, etiquetas y precintos de todas clases en cuanto usualmente se utilicen para la elaboración, fraccionamiento, conservación, transporte, rotulación, precintado y exposición de alimentos o de productos alimentarios
Tendrán la consideración de útiles alimentarios sólo vehículos y utillajes.
Tendrán la consideración de útiles alimentarios sólo embalajes y utillajes.
Las respuestas B) y C) son correctas.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
9 - Según el Código Alimentario, se define “productos dietéticos y de régimen” cómo:
Son alimentos elaborados sin fórmula autorizada para satisfacer necesidades nutritivas del hombre.
Son los nutrientes adulterados, elaborados según fórmulas, adecuados a satisfacer necesidades nutritivas especiales del hombre.
Son los alimentos sin valor nutritivo elaborados según fórmulas autorizadas, adecuados a satisfacer necesidades nutritivas especiales del hombre.
Son los alimentos elaborados según fórmulas autorizadas, adecuados a satisfacer necesidades nutritivas especiales del hombre.
Las respuestas de la IA pueden contener errores.
10 - Según el Código Alimentario, tendrá la consideración de “alimento alterado”:
Todo alimento que durante su obtención y por causas no provocadas deliberadamente, haya sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.
Todo alimento que durante su obtención, preparación, manipulación, almacenamiento o tenencia, y por causas no provocadas deliberadamente, haya sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.
Todo alimento que durante su obtención, preparación y por causas no provocadas deliberadamente, haya sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.
Todo alimento que durante su manipulación, almacenamiento o tenencia, y por causas no provocadas deliberadamente, haya sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.