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1 - Según el artículo 1 del Decreto Legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, NO es principio de actuación de la Comunidad Autónoma en materia de igualdad:
La búsqueda y eliminación absoluta de las discriminaciones por razones de sexo, sean directas o indirectas.
La integración de la dimensión de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la elaboración, ejecución y seguimiento de todas las acciones desarrolladas por el sector público autonómico en el ejercicio de sus competencias.
La modificación de los patrones socioculturales de conducta de mujeres y hombres, con vistas a alcanzar la eliminación de los perjuicios y de las prácticas consuetudinarias basadas en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.
El establecimiento de la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres en el desarrollo de las tareas domésticas y familiares.