Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlos por esta vía. No obstante lo anterior, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no electrónicos en los siguientes supuestos:
Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado, o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento.
Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante.
Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia obligada del interesado, o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento.
A y B son correctas.