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1 - Si se denegara la solicitud de asistencia, deberá darse trámite de audiencia a la entidad local solicitante por un plazo de: (Art. 17 del Reglamento Regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz):
Diez días.
Quince días hábiles.
Un mes.
Entre veinte y treinta días naturales.