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1 - De acuerdo con el art. 60 del Estatuto de Autonomía para Andalucía entre las materias objeto de competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en régimen local no se incluye:
Las técnicas de organización y de relación para la cooperación y la colaboración entre los entes locales y entre éstos y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Las modalidades de prestación de los servicios públicos.
La regulación del régimen de contratos de las entidades locales de Andalucía.
El régimen de los órganos complementarios de los entes locales.