Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - La ejecución de la oferta de empleo público debe desarrollarse (art. 70 TREBEP):
En el plazo improrrogable de tres años.
En el plazo de tres años, prorrogable por razones de fuerza mayor.
Dentro del año natural siguiente a su aprobación.
Dentro de los cinco años siguientes.