Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con el TREBEP, señala la respuesta correcta en cuanto a los funcionarios interinos se refiere: (art. 10 TREBEP):
Son nombrados por razones de necesidad, no así de urgencia.
Sus funciones son diferentes a las que desempeña un funcionario de carrera.
Dada la necesidad, su selección se realizará por procedimientos ágiles sin que sean exigibles los principios de mérito, publicidad y transparencia.
A los interinos les será aplicable, en cuando sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.