Parte 12 - Examen tipo test Técnico/a Administración General (T.L) Ayuntamiento de Leganés 12/07/2024

1 - Según el TREBEP el permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años, tendrá una duración:
No superior a ocho semanas continuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan.
No superior a ocho semanas discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan.
No superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, a tiempo completo.
No superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan, y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan.
2 - Según establece el artículo 172 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en caso de enfermedad común, ¿cuál es el período mínimo de cotización que es necesario acreditar para ser beneficiario del subsidio por incapacidad temporal?
Ciento ochenta días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante, salvo en las situaciones especiales previstas en el mismo artículo.
Trescientos sesenta y cinco días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante.
En ningún caso se exigirá período previo de cotización.
Ciento ochenta días inmediatamente anteriores al hecho causante, salvo en las situaciones especiales prevista en el mismo artículo
3 - La extinción del contrato de trabajo por causas objetivas podrá ser:
Por voluntad del trabajador
Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo
La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado
Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo y por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa
4 - No se computarán en la base de cotización a la seguridad social:
Las percepciones de vencimiento superior al mensual
Las percepciones correspondientes a vacaciones anuales devengadas y no disfrutadas que sean retribuidas a la finalización de la relación laboral
Las prestaciones de la seguridad social y las mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas
Todas las percepciones recibidas por los trabajadores se incluirán en la base de cotización, independientemente de su cuantía
5 - En caso de incapacidad permanente parcial el periodo mínimo de cotización exigible será:
Mil quinientos días, que han de estar comprendidos en los diez años inmediatamente anteriores a la fecha en la que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente
Mil quinientos días, que han de estar comprendidos en los quince a los inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que derive la incapacidad permanente
Mil trescientos días a lo largo de la vida laboral de la persona trabajadora
Mil ochocientos días, que han de estar comprendidos en los diez años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente
6 - El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán:
Los derechos liquidados en el ejercicio, cualquiera que sea el período de que deriven; Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio.
Los derechos liquidados en el ejercicio, reconocidos en el periodo corriente; Los créditos totales del ejercicio.
Las previsiones totales del ejercicio; Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio.
Los derechos liquidados en el ejercicio y anteriores, cualquiera que sea el período de que deriven; Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio corrientes y cerrados.
7 - Los créditos consignados en el Presupuesto de gastos, así como los procedentes de las modificaciones presupuestarias podrán encontrarse, con carácter general, en cualquiera de las tres situaciones siguientes:
Créditos iniciales, Créditos retenidos pendientes de utilización, Créditos prohibidos
Créditos disponibles, Créditos retenidos pendientes de utilización, Créditos no disponibles.
Créditos disponibles, Créditos pendientes de utilización, Créditos remanente.
Créditos disponibles e indisponibles.
8 - Cuál de las siguientes NO es una modificación de crédito presupuestaria:
Suplemento de crédito
Ampliaciones de crédito
Crédito excepcional.
Incorporación de remanentes de crédito
9 - El reconocimiento y liquidación de la obligación presupuestaria es el acto mediante el cual:
se acuerda la realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario.
se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos, previamente autorizados, por un importe exactamente determinado.
se declara la existencia de un crédito exigible contra la Entidad derivado de un gasto autorizado y comprometido.
Se ordena el pago de una obligación exigible.