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1 - Los actos Administrativo: de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho
Serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten.
Serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
Serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se notifiquen, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
Con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no serán ejecutivos ni se presumirán válidos hasta su notificación.