Teórico - Parte 2 - Trabajador/a Social (7 plazas) Ayuntamiento de Salamanca 19/10/2024

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1 - La ORDEN FAM/1057/2007, de 31 de mayo, por la que se regula el baremo para la valoración de las solicitudes de acceso a la Prestación Social Básica de la Ayuda a Domicilio en Castilla y León establece:
Para ser usuario de esta prestación, la puntuación alcanzada en el apartado «Capacidad Funcional» debe ser igual o mayor a 8 puntos y la puntuación alcanzada en el apartado «Situación Socio-Familiar» debe ser igual o mayor a 20 puntos, excluyendo el apartado de «Integración en el Entorno».
Para ser usuario de esta prestación, la puntuación alcanzada en el apartado «Capacidad Funcional» debe ser igual o mayor a 10 puntos y la puntuación alcanzada en el apartado «Situación Socio-Familiar» debe ser igual o mayor a 25 puntos, excluyendo el apartado de «Integración en el Entorno».
Para ser usuario de esta prestación, la puntuación alcanzada en el apartado «Capacidad Funcional» debe ser igual o mayor a 12 puntos y la puntuación alcanzada en el apartado «Situación Socio-Familiar» debe ser igual o mayor a 30 puntos, excluyendo el apartado de «Integración en el Entorno».
Ninguna respuesta es correcta.
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2 - La ORDEN FAM/1057/2007, de 31 de mayo, por la que se regula el baremo para la valoración de las solicitudes de acceso a la Prestación Social Básica de la Ayuda a Domicilio en Castilla y León, establece que en el apartado de Capacidad Funcional a Menores de edad cuyas familias no pueden proporcionarles el cuidado y atención que requieren en el propio domicilio, permitiendo esta prestación, su permanencia en el mismo:
Se otorgarán 70 puntos.
Se otorgarán 80 puntos.
Se otorgarán 90 puntos.
Se otorgarán 100 puntos.
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3 - La Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León define la prestación económica de cuidados en el entorno familiar como:
Prestación económica que tiene carácter prioritario dentro del catálogo de prestaciones de atención a la dependencia.
Prestación económica que tiene carácter excepcional dentro del catálogo de prestaciones de atención a la dependencia.
Prestación económica que tiene que ser realiza por un cuidador profesional acreditado.
Ninguna respuesta es correcta.
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4 - La Orden FAM/1115/2023, de 15 de septiembre, por la que se modifica la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, ha determinado los intervalos de intensidad del servicio de ayuda a domicilio según el grado de dependencia para adecuarlo a los intervalos aprobados por el Real Decreto 675/2023 de 18 de julio. La intensidad para el Grado II corresponde a las siguientes horas mensuales:
Entre 36 y 55 horas.
Entre 38 y 64 horas.
Entre 40 y 68 horas.
Entre 45 y 68 horas.
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5 - La Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, que regula las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, establece que la prestación económica de asistencia personal podrá realizarse en alguna de las siguientes modalidades:
Mediante contrato directo verbal con el asistente personal.
Mediante contrato sólo con empresas que acrediten el alta en la Seguridad Social.
Mediante contrato con empresa o entidad privada debidamente acreditada.
Es una prestación en la que no se realiza ningún contrato.
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6 - La Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, que regula las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, establece la idoneidad de la persona cuidadora en la prestación económica de cuidados en el entorno familiar a la persona que reúna los siguientes requisitos:
Tener cumplidos los 18 años en el momento de la solicitud.
Tener una relación de parentesco de primer grado.
Contar con tiempo de dedicación suficiente para garantizar diariamente que la persona beneficiaria esté atendida en aquellas situaciones en las que necesite ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Podrán ser cuidadores solamente si se reside en el mismo domicilio o en la misma ciudad al objeto de garantizar los cuidados.
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7 - La Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, establece el régimen de compatibilidad para la prestación económica de cuidados en el entorno familiar con el servicio público de ayuda a domicilio para mayores de 18 años en las siguientes intensidades máximas:
En una intensidad máxima de 25 horas mensuales para grado III, 15 horas mensuales para grado II y 8 horas mensuales para grado I.
En una intensidad máxima de 20 horas mensuales para grado III, 10 horas mensuales para grado II y 6 horas mensuales para grado I.
En una intensidad máxima de 11 horas mensuales para grado III, 8 horas mensuales para grado II y 4 horas mensuales para grado I.
En una intensidad máxima de 8 horas mensuales para grado III, 4 horas mensuales para grado II y 2 horas mensuales para grado I.
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8 - La Orden FAM/6/2018 de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, establece en su art. 34 las deducciones por prestaciones de análoga naturaleza y finalidad. En concreto de la cuantía mensual a reconocer se deducirán:
Complemento de gran invalidez regulado en el artículo 196.4 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 75%, el de necesidad de otra persona de la pensión de invalidez no contributiva.
Subsidio de ayuda a tercera persona de la Ley 13/1982, de 7 de abril , de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), y cualquier otra prestación análoga de otros sistemas de protección pública.
Todas las respuestas son correctas.
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9 - La aplicación adecuada del baremo de valoración de la situación de dependencia (BVD) debe emplear cuatro procedimientos necesarios para obtener la información:
Los informes de salud y del entorno de la persona a valorar. La observación y comprobación directa. La aplicación de pruebas en un contexto estructurado.
La entrevista telefónica. Formularios. La observación y comprobación directa. La aplicación de pruebas en un contexto estructurado.
Los informes de salud y del entorno de la persona a valorar. La entrevista. La observación y comprobación directa. La aplicación de pruebas en un contexto estructurado.
Los informes de salud y del entorno de la persona a valorar. La entrevista telefónica. La observación y comprobación directa. Documentos de la vivienda.
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10 - El Real Decreto 174/2011 de 11 de febrero por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia, establece varios tipos de apoyo, entre ellos el tipo de apoyo especial que será de aplicación en:
Condiciones de salud tales como la sordoceguera, dadas las necesidades específicas de comunicación interpersonal que comporta.
Condiciones de salud como la obesidad, dadas las condiciones de la persona.
Menores de edad, acompañados de un adulto responsable.
Personas con depresión, en la consulta de su médico de familia.