Teórico - Parte 4 - Trabajador/a Social (7 plazas) Ayuntamiento de Salamanca 19/10/2024

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1 - El Artículo 214 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, regula la pensión de jubilación y envejecimiento activo y establece que “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 213, el disfrute de la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, será compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista”, en los siguientes términos: (Señala la respuesta incorrecta)
El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar al menos un año después de haber cumplido la edad que en cada caso resulte de aplicación, según lo establecido en el artículo 205.1.a), sin que, a tales efectos, sean admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado.
El porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100 por ciento.
El trabajo compatible podrá realizarse por cuenta ajena, a tiempo completo o a tiempo parcial, o por cuenta propia.
La Ley General de la Seguridad Social no regula la pensión de jubilación y el envejecimiento activo.
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2 - El Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social regula en su artículo 363 los beneficiarios de la pensión de invalidez no contributiva en los siguientes términos: “Tendrán derecho a la pensión de invalidez no contributiva las personas que cumplan los siguientes requisitos: (Señala la respuesta incorrecta):
Ser mayor de dieciocho y menor de sesenta y cinco años de edad.
Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.
Estar afectadas por una discapacidad o por una enfermedad crónica, en un grado igual o superior al 60 por ciento.
Carecer de rentas o ingresos suficientes.
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3 - Respecto al acceso por la persona usuaria a la historia social única, según el Decreto 79/2015, de 17 de diciembre, por el que se regula la historia social única y el registro único de personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León:
Las personas usuarias de los servicios sociales podrán acceder a los datos que figuran en su historia social, de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora que resulte de aplicación.
En el caso de personas fallecidas sólo se facilitará el acceso a los datos contenidos en su historia social a las personas vinculadas a ella por razones familiares o de hecho análogas a estas, aunque la persona fallecida lo hubiera prohibido expresamente.
En el caso de personas fallecidas sólo se facilitará el acceso a los datos contenidos en su historia social a sus herederos.
Las personas usuarias de los servicios sociales no podrán acceder a los datos que figuran en su historia social si no lo han solicitado expresamente por escrito con una antelación mínima de quince días.
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4 - El artículo 10 del Decreto 61/2010, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y aplicación de la Ley 7/2010, de 30 de agosto, por la que se regula la renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León regula el Proyecto Individualizado de Inserción, y establece las siguientes obligaciones y compromisos genéricos: (Señala la respuesta incorrecta):
Participar en los programas de empleo y en las acciones específicas de inserción, orientación, promoción, formación o reconversión profesionales que se determinen.
Llevar a cabo una búsqueda activa de empleo.
Comparecer en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales cada 3 meses.
Renovar, en los casos que proceda, la demanda de empleo en la forma y fechas establecidas.
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5 - La cuantía básica de la prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía es de:
50% del IPREM.
80% del IPREM.
20% del IPREM.
100% del IPREM.
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6 - El plazo para resolver y notificar la solicitud de la Renta Garantizada de Ciudadanía desde que la solicitud tiene entrada en la Gerencia Territorial correspondiente es de:
9 meses.
1 mes.
15 días.
3 meses.
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7 - La Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital regula en su artículo 6 la Unidad de convivencia, y se entiende por tal:
La constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial y los hijos comunes.
La constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial, como pareja de hecho o por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción, y otras personas con las que convivan en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
La constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial, como pareja de hecho o por vínculo hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad.
La constituida por todas las personas que residan en un mismo o distinto domicilio dentro del mismo municipio, y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial, como pareja de hecho o por vínculo hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad.
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8 - Los requisitos de acceso al Ingreso Mínimo Vital. Todas las personas beneficiarias, estén o no integradas en una unidad de convivencia, deberán cumplir el siguiente requisito:
Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
No se exige tener la residencia legal en España en ningún caso.
La Ley solo exige residencia efectiva en España en supuestos excepcionales.
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9 - Según la Ley 4/2018, de 2 de julio, de ordenación y funcionamiento de la Red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León: (Señala la definición incorrecta):
Personas en situación de exclusión social: Personas que no tienen una relación positiva con el entorno social donde habitan, manteniendo un modelo de vida que les perpetúa en esa situación.
Acciones para la Inclusión social: Son las acciones destinadas a lograr que las personas participen de una vida social plena y disfruten de un nivel económico que se lo permita.
Personas en situación de pobreza: Personas que carecen de los recursos necesarios para satisfacer las necesidades básicas de la vida diaria.
Vulnerabilidad económica: Situación económica en la que se encuentran las familias de cuatro miembros por tener un empleo remunerado de cuantía inferior al doble del Salario Mínimo Interprofesional.
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10 - A los efectos de la Ley 4/2018, de 2 de julio, de ordenación y funcionamiento de la Red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León, los recursos de la Red, en función del tipo de necesidades a las que se pretende dar respuesta se clasifican en: (Señala la respuesta incorrecta):
Recursos de protección y de atención a necesidades básicas de subsistencia.
Recursos de atención con acceso prioritario.
Otros recursos para la inclusión socio económica, laboral y/o tecnológica.
Recursos de ayudas individualizadas y generalizadas.