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1 - Según el artículo 81 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Administración tributaria puede adoptar medidas cautelares provisionales cuando existan indicios racionales de que, sin ellas, el cobro de la deuda tributaria...
se frustraría o se vería gravemente dificultado
se condicionaría únicamente a la previa autorización judicial expresa
se demoraría ligeramente sin llegar a comprometer su efectividad