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1 - Conforme al art. 151.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿dónde se examinarán con carácter general los libros y documentación del art. 142.1 LGT?
En las oficinas de la Administración tributaria, siempre obligatoriamente en presencia del obligado tributario, sin excepción
En el domicilio fiscal del representante, siendo facultativa la presencia del obligado o persona designada en todo caso
En el domicilio, local, despacho u oficina del obligado, en su presencia o persona designada, salvo consentimiento para su examen en oficinas públicas