Parte 24 - Tests de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

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1 - Según el artículo 162 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿qué facultades de comprobación e investigación tienen los funcionarios de recaudación para asegurar el cobro de la deuda tributaria?
Disponen de las mismas facultades del artículo 143 LGT, pudiendo comprobar e investigar únicamente derechos de crédito frente a terceros.
Disponen de las mismas facultades del artículo 141 LGT, pudiendo comprobar e investigar exclusivamente bienes inmuebles de los obligados tributarios.
Disponen de las mismas facultades del artículo 142 LGT, pudiendo comprobar e investigar bienes y derechos de los obligados tributarios.
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2 - Conforme al artículo 162 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿qué consecuencia puede derivarse del incumplimiento de resoluciones o requerimientos en el procedimiento de apremio?
Puede acordarse, previo apercibimiento, la ejecución subsidiaria mediante acuerdo del órgano competente.
Puede acordarse, sin necesidad de apercibimiento, la ejecución directa mediante acuerdo del órgano instructor.
Puede acordarse, previo apercibimiento, la ejecución solidaria mediante acuerdo del órgano de inspección.
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3 - Según el artículo 164 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la preferencia del procedimiento de apremio tributario frente a otros procedimientos singulares de ejecución se determina por la antigüedad de la diligencia de embargo, entendiéndose que será preferente cuando...
la providencia de apremio sea anterior a la declaración de concurso del deudor
el crédito tributario sea de mayor cuantía, con independencia de la fecha de embargo
su embargo sea el más antiguo, fijado por la fecha de la diligencia de embargo
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4 - Conforme al artículo 164 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en caso de concurso de acreedores se aplicará la Ley Concursal y, en su caso, la Ley General Presupuestaria, sin impedir que se dicte providencia de apremio ni que se devenguen recargos del período ejecutivo cuando...
la Administración tributaria haya comunicado su crédito con anterioridad al auto de declaración de concurso
las condiciones para ello se cumplieron antes de la declaración de concurso o se trate de créditos contra la masa
el juez del concurso autorice expresamente la continuación del procedimiento de apremio tributario
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5 - De acuerdo con el artículo 164 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el carácter privilegiado de los créditos tributarios otorga a la Hacienda Pública derecho de abstención en los procesos concursales, sin perjuicio de poder...
exigir siempre el pago íntegro y al contado de los créditos tributarios con preferencia absoluta a cualquier otro acreedor
suscribir acuerdos o convenios concursales y pactar con el deudor condiciones singulares de pago no más favorables que las del convenio general
imponer unilateralmente al deudor un calendario de pagos más ventajoso que el previsto en el convenio general
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6 - Según el artículo 165 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿en qué supuesto se suspende automáticamente y sin garantía el procedimiento de apremio por los órganos de recaudación?
Cuando el interesado acredita la existencia de un recurso contencioso-administrativo pendiente
Cuando el interesado acredita la mera interposición de una reclamación económico-administrativa
Cuando el interesado acredita error material, aritmético o de hecho en la determinación de la deuda
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7 - Conforme al artículo 165 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿qué efecto produce la tercería de mejor derecho sobre el procedimiento de apremio?
El apremio se limita a los bienes no controvertidos, pero el producto obtenido se entrega inmediatamente al tercerista
El apremio se suspende íntegramente respecto de todos los bienes embargados hasta la resolución de la tercería
El apremio continúa hasta la realización de los bienes y el producto se deposita a la espera de la resolución de la tercería
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8 - Según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, artículo 166, ¿qué efecto tiene la anulación de recargos sobre las actuaciones de apremio relativas a las sanciones no anuladas?
Las actuaciones de apremio respecto de las sanciones no anuladas se mantienen válidas y conservan sus efectos.
Las actuaciones de apremio respecto de las sanciones no anuladas quedan automáticamente invalidadas y deben retrotraerse.
Las actuaciones de apremio respecto de las sanciones no anuladas se suspenden hasta nueva liquidación conjunta.
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9 - Según el artículo 167 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ¿cuál de los siguientes es un motivo tasado de oposición a la providencia de apremio?
Falta de motivación económica de la providencia de apremio, conforme al artículo 167.3 LGT
Disconformidad con el tipo de interés de demora aplicado, conforme al artículo 167.3 LGT
Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago, conforme al artículo 167.3 LGT
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10 - Conforme al artículo 167.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la providencia de apremio debe incluir necesariamente:
Identificación de la deuda pendiente, liquidación de los recargos del artículo 28 LGT y requerimiento de pago al obligado
Identificación de la deuda pendiente, liquidación de intereses de demora y propuesta de sanción tributaria
Identificación de la deuda pendiente, valoración de bienes embargables y cálculo de costas del procedimiento