Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - El derecho de fundación reconocido constitucionalmente:
Respecto a las fundaciones no regirán ninguno de los preceptos constitucionales relativos al derecho de asociación.
Todas las otras respuestas son verdaderas.
Sólo se admite su ejercicio para fines de interés general.
Se encuentra regulado en el art. 35 de la constitución.