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1 - Según el artículo 35.1 del VIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a:
Un permiso retribuido a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto, siempre y cuando no se encuentren en situación de incapacidad temporal o de prestación por riesgo durante el embarazo.
Un permiso retribuido a partir del día primero de la semana 25 de embarazo, hasta la fecha del parto, siempre y cuando no se encuentren en situación de incapacidad temporal o de prestación por riesgo durante el embarazo.
Un permiso retribuido a partir del día primero de la semana 30 de embarazo, hasta la fecha del parto, siempre y cuando no se encuentren en situación de incapacidad temporal o de prestación por riesgo durante el embarazo.
No se regula ningún permiso específico para las trabajadoras embarazadas.