Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 77 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija, el instructor del mismo acordará la apertura de un período de prueba por un plazo:
No superior a quince días ni inferior a cinco.
No superior a treinta días ni inferior a quince.
No superior a treinta días ni inferior a diez.
No superior a un mes ni inferior a cinco días.