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1 - El Estatuto de Autonomía de Aragón establece:
Aragón, nacionalidad histórica, ejerce su autogobierno de acuerdo con el presente Estatuto y la Constitución, en el ejercicio del derecho a la autonomía que la Constitución reconoce y garantiza a toda nacionalidad.
Aragón, nacionalidad histórica, ejerce su autogobierno de acuerdo con el presente Estatuto, en el ejercicio del derecho a la autonomía que la Constitución reconoce y garantiza a toda nacionalidad.
Aragón, nacionalidad real, ejerce su autogobierno de acuerdo con el presente Estatuto y la Constitución, en el ejercicio del derecho a la autonomía que la Constitución reconoce y garantiza a toda nacionalidad.
Aragón, nacionalidad real, ejerce su autogobierno de acuerdo con el presente Estatuto y la Constitución, en el ejercicio del derecho a la autonomía que la Constitución y las Cortes de Aragón reconocen y garantizan a toda nacionalidad.