Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - La Junta de Gobierno Local:
Salvo en las Grandes Ciudades, no tiene competencias.
Salvo en las Grandes Ciudades, no tiene más competencias que las que reciba por delegación.
Actúa como arbitro para dirimir las discrepancias entre los concejales que tienen competencias delegadas.
Sustituye al Pleno en el Régimen de Grandes Ciudades.