Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el artículo 84 de la Ley 7/1985, las Corporaciones Locales podrán intervenir la actividad de los ciudadanos a través de los siguientes medios:
Órdenes colectivas para la ejecución de un acto o la prohibición del mismo.
A través de la disciplina urbanística.
Órdenes individuales constitutivas de mandato para la ejecución de un acto o la prohibición del mismo.
Sometimiento a control posterior al inicio de la actividad, a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa reguladora de la misma.