Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el Artículo 13 de la Ley 50/99 de 23 de diciembre sobre el régimen jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. “Dejar suelto a un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío”. Tiene la consideración de infracción administrativa:
Muy grave que se sanciona con multa de hasta 2404,05 €.
Grave que se sanciona con multa de hasta 2.404,05 €.
Leve que se sanciona con multa de hasta 300.52 €.
Muy grave que se sanciona con multa de hasta 15.025,30 €.