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1 - Conforme queda regulado en el artículo 48.1 Real Decreto 1428/03, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación en donde se regulan las velocidades máximas en vías fuera de poblado. Indica cual es el límite máximo de velocidad establecido en las vías sin pavimentar:
20 km/h.
30 km/h.
40 km/h.
50 km/h.