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1 - Según el artículo 25.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015. Retribuciones de los funcionarios interinos. Señala la respuesta correcta.
Se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del presente Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo.
No se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del presente Estatuto que no tendrán efectos retributivos a partir de la entrada en vigor del mismo.
Los funcionarios interinos percibirán las retribuciones básicas y las pagas extraordinarias correspondientes únicamente al Grupo de adscripción.
Los funcionarios interinos no podrán ejercer más de tres años consecutivos de trabajo en el mismo Grupo o Subgrupo de adscripción.