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1 - Según establece el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los contenidos mínimos comunes de los Registros de personal y los criterios que permitan el intercambio homogéneo de la información entre Administraciones se establecerán mediante:
Convenio de Conferencia Sectorial.
Real Decreto.
Orden Ministerial.
Acuerdo de la Comisión Territorial de Coordinación.