Parte 15 - Cuestionarios tipo test - Ley 39/2015, de 1 de octubre

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1 - Según el artículo 28.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ¿qué obligación principal tienen los interesados respecto de los documentos en el procedimiento administrativo?
Aportar al procedimiento únicamente los documentos que estimen convenientes, con independencia de lo exigido por las Administraciones Públicas.
Aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, con independencia de la normativa aplicable.
Aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con la normativa aplicable.
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2 - Conforme al artículo 28.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, además de los documentos exigidos por las Administraciones Públicas, ¿qué pueden aportar los interesados al procedimiento administrativo?
Cualquier otro documento que la Administración estime conveniente.
Cualquier otro documento que estimen conveniente.
Cualquier otro documento que resulte obligatorio.
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3 - Según el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ¿en cuál de los siguientes supuestos NO cabe la oposición del interesado a que la Administración actuante consulte o recabe documentos que obran en poder de otra Administración?
Cuando la aportación del documento no se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección
Cuando la aportación del documento se exigiera fuera del marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección
Cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección
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4 - Conforme al artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ¿cuál es el derecho general de los interesados respecto de los documentos que ya obran en poder de la Administración actuante o han sido elaborados por cualquier otra Administración?
Tienen derecho a aportar dichos documentos, pudiendo la Administración actuante consultarlos o recabarlos salvo oposición del interesado
Tienen derecho a no aportar dichos documentos, pudiendo la Administración actuante consultarlos o recabarlos salvo oposición del interesado
Tienen derecho a no aportar dichos documentos, no pudiendo la Administración actuante consultarlos o recabarlos aunque no exista oposición del interesado
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5 - Según el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ¿en qué condiciones pueden las Administraciones solicitar el cotejo de las copias aportadas por el interesado?
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, mediante solicitud motivada y pudiendo requerir la exhibición del original.
Excepcionalmente, cuando la irrelevancia del documento en el procedimiento lo exija o no existan dudas derivadas de la calidad de la copia, mediante solicitud no motivada y sin requerir la exhibición del original.
Ordinariamente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, sin necesidad de motivación ni de exhibición del original.
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6 - Conforme al artículo 28.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ¿cuál es el ámbito de eficacia de las copias que aporten los interesados al procedimiento administrativo?
Tendrán eficacia preferente fuera del ámbito de la actividad de las Administraciones Públicas.
Tendrán eficacia exclusivamente en el ámbito de la actividad de las Administraciones Públicas.
Tendrán eficacia indistinta dentro y fuera del ámbito de la actividad de las Administraciones Públicas.
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7 - Según el artículo 29 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre obligatoriedad de términos y plazos, ¿a quién obligan los términos y plazos establecidos en dicha u otras leyes?
A las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos.
Exclusivamente a los interesados en los asuntos, pero no a las autoridades ni al personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para su tramitación.
Exclusivamente a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, pero no a los interesados en los mismos.
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8 - Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 30.1, cuando los plazos se señalan por horas, ¿cómo se entienden dichas horas, salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo?
Que son naturales, siendo naturales todas las horas del día que formen parte de un día hábil
Que son hábiles, siendo hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil
Que son naturales, siendo hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil
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9 - Conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 30.1, ¿cómo se computan los plazos expresados por horas y cuál es su límite máximo antes de que deban expresarse en días?
Se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la fecha de la notificación o publicación, y no podrán tener una duración superior a veinticuatro horas hábiles, en cuyo caso se expresarán en días
Se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto de la notificación o publicación, y no podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días
Se contarán de día en día y de hora en hora desde la hora y minuto de la notificación o publicación, y no podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días hábiles
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10 - Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 30.2, ¿cómo se entienden los plazos cuando se señalan por días, salvo que por Ley o por el Derecho de la Unión Europea se establezca otro cómputo?
Se entienden que son naturales, incluyéndose en el cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Se entienden que son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Se entienden que son hábiles, incluyéndose en el cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.