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1 - Conforme al artículo 15.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ¿en qué lengua se tramitará el procedimiento cuando un interesado se dirija a un órgano de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma utilizando la lengua cooficial?
El procedimiento se tramitará simultáneamente en castellano y en la lengua cooficial, siendo ambas lenguas igualmente obligatorias en todas las actuaciones.
El procedimiento se tramitará en la lengua elegida por el interesado, pudiendo utilizar también el castellano.
El procedimiento se tramitará exclusivamente en castellano, con traducción posterior a la lengua cooficial si así lo solicita el interesado.