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1 - Conforme a la Disposición final primera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, qué competencia atribuye el artículo 149.1.18.ª de la Constitución al Estado en relación con el régimen jurídico de las Administraciones Públicas
La competencia compartida para dictar el desarrollo reglamentario del régimen jurídico de las Administraciones Públicas
La competencia para dictar las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas
La competencia exclusiva para dictar el régimen jurídico íntegro de las Administraciones Públicas