Parte 15 - Exámenes tipo test del Reglamento electrotécnico para baja tensión e ITC

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1 - Según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, artículo 5, ¿qué deben tener las instalaciones de baja tensión que pudieran producir perturbaciones sobre las telecomunicaciones, las redes de distribución de energía o los receptores?
Deberán ser revisadas anualmente por un técnico autorizado.
Deberán estar dotadas de los adecuados dispositivos protectores, según se establece en las disposiciones vigentes relativas a esta materia.
Deberán ser desconectadas inmediatamente de la red.
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2 - Según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, ITC-BT-08, apartado 1.1, ¿a qué punto se conectan las masas de la instalación receptora en los esquemas TN?
A tierra mediante un sistema independiente.
A la fase mediante conductores de protección.
A dicho punto mediante conductores de protección.
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3 - En el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-09, apartado 9, ¿cómo debe realizarse la conexión a tierra de las luminarias de Clase I?
Deberán estar conectadas al punto de puesta a tierra del soporte, mediante cable trenzado de tensión asignada 300/500V con recubrimiento azul y sección mínima 1,5 mm2 en cobre.
Deberán estar conectadas al punto de puesta a tierra del soporte, mediante cable unipolar aislado de tensión asignada 450/750V con recubrimiento de color verde-amarillo y sección mínima 2,5 mm2 en cobre.
Deberán estar conectadas al punto de puesta a tierra del soporte, mediante cable unipolar aislado de tensión asignada 450/750V con recubrimiento negro y sección mínima 4 mm2 en aluminio.
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4 - Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-03, apartado 5.1: ¿Qué documento debe trasladarse al Órgano competente de la Comunidad tras la actualización anual de la cuantía del seguro de responsabilidad civil?
Justificante de la actualización
Factura del seguro
Certificado bancario
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5 - Según la ITC-BT-09, apartado 5.2.2 del Real Decreto 842/2002, ¿cuál es la sección mínima a emplear para todos los conductores, incluido el neutro, en redes aéreas?
La sección mínima a emplear, para todos los conductores incluido el neutro, será de 4 mm2.
La sección mínima a emplear será de 6 mm2 para todos los conductores.
La sección mínima a emplear será de 2,5 mm2 para el neutro y 4 mm2 para los conductores de fase.
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6 - De acuerdo con el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-05, apartado 4.2, ¿cada cuánto tiempo serán objeto de inspecciones periódicas las instalaciones eléctricas comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW?
Cada 10 años
Cada 5 años
Cada 15 años
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7 - Según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-24, apartado 3, ¿cuál de los siguientes es un medio habitual de protección contra contactos directos?
Protección por conexión a tierra de las partes activas.
Protección por aislamiento de las partes activas.
Protección por aumento de la tensión nominal.
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8 - En el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-01, ¿cómo se define la base móvil?
Base prevista para conectarse a, o a integrase con, cables flexibles y que puede desplazarse fácilmente cuando está conectada al circuito de alimentación.
Base utilizada exclusivamente para conexiones subterráneas.
Base que se instala de forma permanente en la pared.
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9 - Según el Artículo 2 del Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ¿cuál es el límite de tensión nominal en corriente alterna para la aplicación del Reglamento?
Corriente alterna: igual o inferior a 1.500 voltios.
Corriente alterna: igual o inferior a 500 voltios.
Corriente alterna: igual o inferior a 1.000 voltios.
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10 - En el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-09, apartado 9, ¿qué se requiere para acceder al interior de luminarias instaladas a menos de 3 m sobre el suelo o en espacios accesibles al público?
Para el acceso al interior de las luminarias que estén instaladas a una altura inferior a 3 m sobre el suelo o en un espacio accesible al público, se requerirá el empleo de útiles especiales.
Para el acceso al interior de las luminarias que estén instaladas a una altura inferior a 3 m sobre el suelo o en un espacio accesible al público, se requerirá la presencia de un técnico autorizado.
Para el acceso al interior de las luminarias que estén instaladas a una altura inferior a 3 m sobre el suelo o en un espacio accesible al público, se requerirá una autorización municipal.