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1 - Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. ITC-BT-09. apartado 5.2.1: ¿Qué características deben tener los cables empleados en las redes subterráneas?
Deben ser de cobre y tener una sección mínima de 10 mm2.
Deben ser de aluminio y estar enterrados directamente sin entubado.
Deben ser de las características especificadas en la UNE 21123, e irán entubados.