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1 - Según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-30, apartado 3, ¿qué tipo de locales se consideran como locales con riesgo de corrosión?
Se considerarán como locales con riesgo de corrosión: las fábricas de productos químicos, depósitos de éstos, etc.
Se considerarán como locales con riesgo de corrosión: los laboratorios de informática y las oficinas administrativas.
Se considerarán como locales con riesgo de corrosión: los almacenes de alimentos y las cámaras frigoríficas.