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1 - De acuerdo con el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ITC-BT-44, apartado 2.1.1, ¿cuál es la masa máxima permitida para luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles?
La masa de las luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles no deben exceder de 2 kg.
La masa de las luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles no deben exceder de 10 kg.
La masa de las luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles no deben exceder de 5 kg.