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1 - De acuerdo con la Ley 39/2015, cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido, ¿Cuántos días?
Quince días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Quince días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.