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1 - Según el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el interesado tiene derecho a presentar alegaciones y aportar documentos:
En cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
Una vez dictada la resolución.
Cuando se haya interpuesto un recurso contra la resolución.
Al producirse la desestimación del recurso planteado contra la resolución.