Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los interesados tienen derecho:
A no presentar documentos originales en ningún caso.
A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario.
A no presentar documentos, bastará con exhibirlos al funcionario encargado del Registro.
Los interesados siempre tendrán que adjuntar al expediente el documento original.